ELEMENTOS DEL BOTIQUÍN DE PRIMEROS SOCORROS
- Jairo Silva Caballero
- 15 jul 2023
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 17 jul 2023
Definición
El botiquín de primeros socorros es un recurso fundamental, ya que en él se encuentran los elementos indispensables para brindar una atención satisfactoria a víctimas de un accidente, emergencia o enfermedad repentina y en muchos casos pueden ser decisivo para salvar vidas.
El botiquín de primeros socorros debe estar en todo sitio donde haya concentración de personas y su contenido cambia de acuerdo a las características del lugar, necesidades, capacidades de respuesta y nivel de riesgo.
Marco normativo
El marco normativo nacional legal vigente, en Colombia, que regula el uso y dotación de los botiquines de primeros socorros es amplio:
Resolución 2400 de 1979
Resolución 1016 de 1989
Ley 378 de 1997
Ley 769 de 2002
Guías básicas de atención medica prehospitalaria, 2012
Guías de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
Decreto 1072 de 2015
En la Resolución 2400 de 1979, en los siguientes artículos se hace referencia al botiquín de primeros socorros de la siguiente forma:
Título II. De los inmuebles destinados a establecimientos de trabajo. Capítulo VI. De los campamentos de los trabajadores. Artículo 61: “En aquellos campamentos que por la naturaleza del trabajo tengan una permanencia máxima de treinta (30) días, deberá existir un botiquín de primeros auxilios, una camilla y dos frazadas por cada quince (15) trabajadores o menos”.
·Título V. de los colores de seguridad. Capítulo I. Código de colores. Artículo 203: “Los colores básicos que se emplearan para señalar o indicar los diferentes materiales, elementos, maquinas, equipos, etc., son los siguientes de acuerdo a su clasificación: (…) 4. Color verde esmeralda se empleará para señalar: a) Seguridad, equipos de primeros auxilios, botiquines, camillas, mascaras contra gases, fondo de carteleras de seguridad e instrucciones de seguridad, etc.”
Título XII. De la construcción. Capítulo III. De los andamios y escaleras. Artículo 663: “Se encargará a una persona experta en suministrar los primeros auxilios, provista de botiquín suficientemente dotado”.
Por su parte en la Resolución 1016 de 1989, en el artículo 10 indica: “Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones psicofisiológicas y manteniéndolo en aptitud de producción de trabajo. Las principales actividades de los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo son: (…) 7. Organizar e implantar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios”.
En la Ley 378 de 1997 en el artículo 5 indica: “Sin perjuicio de la responsabilidad de cada empleador respecto de la salud y la seguridad de los trabajadores a quienes emplea y habida cuenta de la necesidad de que los trabajadores participen en materia de salud y seguridad en el trabajo, los servicios de salud en el trabajo deberán asegurar las funciones siguientes que sean adecuadas y apropiadas a los riegos de la empresa para la salud en el trabajo: (…) j) Organización de los primeros auxilios y de la atención de urgencia”.
El Código Nacional de Tránsito Terrestre establecido por la Ley 769 de 2002, en su Título II. Régimen nacional de tránsito. Capítulo III. Vehículos. Artículo 30 dice: “Equipos de prevención y seguridad. Ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional sin portar el siguiente equipo de carretera como mínimo: (…) 4. Un botiquín de primeros auxilios”.
En las guías básicas de atención medica prehospitalaria publicadas en el 2012 por el Ministerio de Salud y Protección Social, en la pagina 270 en la que se encuentra el capitulo de dotación de botiquines, sugiere un listado de medicamentos básicos, medicamentos de uso médico, material, insumos y equipos de acuerdo a una serie de características donde se ubicara el botiquín, como, por ejemplo: de uso personal, para ambulancias o depósitos.
Por otro lado, la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, cuenta con guías para orientar la implementación de la política social en gestión del riesgo de desastres y en algunas de sus guías sugiere contar con botiquín de primeros socorros, por ejemplo, la Guía Plan Escolar para la Gestión del Riesgo.
Por último, en el Decreto 1072 de 2015, Decreto único reglamentario del sector Trabajo, en su Libro 2. Régimen reglamentario del sector trabajo. Parte 2. Reglamentaciones. Titulo 4. Riesgos laborales. Capitulo 6. Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Articulo 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. Numeral 11 dice: “Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios”.
Adicional a la normatividad nacional anterior, a nivel distrital, departamental y municipal, algunas secretarias de salud han establecido su propio marco normativo, los cuales solo aplican para sus jurisdicciones, como es el caso de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, quien expidió las siguientes normas:
Acuerdo Distrital No. 230 del 2006
Resolución 0705 del del 2007
El Acuerdo Distrital No. 230 de 2006 establece la obligatoriedad del uso de elementos de primeros auxilios en establecimientos de comercio y centros comerciales de la Capital, el cual es desarrollado técnicamente en la Resolución 0705 de 2007, en la cual se define el tipo y contenido de los botiquines, su ubicación y mantenimiento, lineamientos técnicos, recurso humano, sistema de comunicación y sistema de transporte de ambulancia.
Aparte de la normatividad nacional, también se tiene referencia de estándares internacionales, como lo es la norma ANSI/ISEA Z308.1-2021, la cual establece especificaciones mínimas de rendimiento para botiquines de primeros auxilios y sus suministros en diversos entornos de trabajo.
Tipo de botiquines
Tomando como referencia lo establecido en el marco normativo, es necesario tener en cuenta que los botiquines pueden ser clasificados de acuerdo a ciertas características, como son:
Botiquín Fijo: Es aquel que se instala de manera fija en un espacio determinado, para el uso de sus elementos, estos se deben sacar para llevar al lugar de la emergencia.
Botiquín Portátil: Es aquel que su dotación se encuentra en un bolso, moral, tula o caja y puede ser transportado hasta el lugar de la emergencia.
Según... | |
Guías Básicas de Atención Medica Prehospitalaria del Ministerio de Salud y Protección Social |
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Resolución 0705 del 2007 de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C. |
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ANSI (American National Standards Institute) |
Adicionalmente ANSI clasifica los tipos de contenedores del botiquín de la siguiente manera:
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Elementos del botiquín
Para establecer la dotación ideal mínima de un botiquín de primeros socorros y de acuerdo al tipo de botiquines, a continuación, se toma como referencia la dotación del botiquín personal y portátil básico de las Guías Básicas de Atención Medica Prehospitalaria, el tipo A de la Resolución 0705 de 2007 y la clase A de ANSI, de la siguiente manera:
Elementos | Guías Básicas de Atención Medica Prehospitalaria | | Resolución 0705 de 2007 | ANSI/ISEA Z308.1-2021, clase A |
| Personal | Portátil básico | | |
Acetato de aluminio (Loción Fco) | 1 | 1 | - | - |
Yodopovidona solución (Fco.) | 1 | 1 | 1 | - |
Hidróxido de aluminio (Susp.) | 1 | 1 | - | - |
Sales de rehidratación oral (Sobres) | 1 | 2 | - | - |
Lágrimas artificiales (Fco.) | - | 1 | - | - |
Benzocaína gotas (Fco.) | - | 1 | - | - |
Solución Salina 0.9% bolsa 500 cc | - | 1 | 2 | - |
Carbón activado bolsas 30 g. | 1 | 2 | - | - |
Torundas algodón (Paquete x 50) | - | 1 | - | - |
Apósitos de gasas (Paquete x 50) | 1 | 1 | - | - |
Ganchos de cordón umbilical | 2 | 2 | - | - |
Guantes desechables (pares) | 2 | 4 | 50 | 2 |
Gafas de protección | 1 | 1 | - | - |
Toallas sanitarias | 1 | 2 | - | - |
Venda de gasa: 25 mm | 1 | 2 | - | - |
Venda de gasa: 50 mm | 1 | 2 | - | - |
Venda de gasa: 75 mm | 1 | 2 | - | - |
Vendas triangulares de tela | - | 4 | - | 1 |
Elementos | Guías Básicas de Atención Medica Prehospitalaria | | Resolución 0705 de 2007 | ANSI/ISEA Z308.1-2021, clase A |
| Personal | Portátil básico | | |
Vendas de algodón | - | 2 | 2 | - |
Jabón de limpieza | 1 | - | - | - |
Tarjetas de triage | - | 10 | - | - |
Formatos de H.C. prehospitalaria | - | 10 | - | - |
Libreta de anotaciones | 1 | 1 | - | - |
Bolígrafo | 1 | 1 | - | - |
Bolsas de desechos: Verdes | - | 2 | - | - |
Bolsas de desechos: Rojas | - | 2 | - | - |
Microporo/Microporo | 1 | 1 | - | 1 |
Manta térmica | 1 | 1 | - | 1 |
Pañuelos desechables (paquete) | 1 | 1 | - | - |
Tapabocas | 1 | 2 | - | - |
Agua destilada | - | 5 | - | - |
Cánulas de guedel (Juego x 6) | - | 1 | - | - |
Guantes de bioseguridad | 1 | 1 | - | - |
Tijeras de materia | - | 1 | - | - |
Mascarilla RCP sin conexión a Oxígeno | - | 1 | - | 1 |
Lámpara de mano | - | 1 | - | - |
Elementos | Guías Básicas de Atención Medica Prehospitalaria | | Resolución 0705 de 2007 | ANSI/ISEA Z308.1-2021, clase A |
| Personal | Portátil básico | | |
Máscara no reinhalación con reservorio: Pediátrica | - | 1 | - | - |
Máscara no reinhalación con reservorio: Adulto | - | 1 | - | - |
Tijera corta todo | - | 1 | - | 1 |
Gasas limpias paquete x 20 unidades | - | - | 1 | - |
Esparadrapo de tela rollo de 4" | - | - | 1 | - |
Bajalenguas paquete x 20 unidades | - | - | 1 | - |
Venda elástica 2 x 5 yardas | - | - | 1 | 1 |
Venda elástica 3 x 5 yardas | - | - | 1 | - |
Venda elástica 5 x 5 yardas | - | - | 1 | 1 |
Termómetro de mercurio o digital | - | - | 1 | - |
Alcohol antiséptico frasco por 275 ml | - | - | 1 | - |
Banda adhesiva (curitas) | - | - | - | 16 |
Apósito para quemaduras (empapado en gel) | - | - | - | 1 |
Paquete frío | - | - | - | 1 |
Cubre ojos, con medios de sujeción | - | - | - | 2 |
Alcohol en gel | - | - | - | 1 |
Ubicación de los botiquines
Dejando claro la dotación de cada tipo de botiquín de primeros socorros, es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos relacionados con la ubicación del mismo:
Deberán colocarse en un lugar debidamente señalizado y protegido contra la humedad, la luz y las temperaturas extremas.
Se localizarán en el Área de Primeros Auxilios.
Recomendaciones
Para finalizar, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Todos los elementos de un botiquín contienen fecha de vencimiento, la cual debe ser supervisada y controlada, al igual que los lotes de fabricación.
Lo elementos del material de curación deben ser estériles.
Ningún botiquín debe contener medicamentos, a menos de que este sea manipulado y administrado por personal médico certificado.
Los botiquines deben estar ubicados en lugares seguros y alejados del alcance de niños.
Ubicar los botiquines en lugares de fácil acceso a personas adultas, en lugares frescos y ventilados.
Todo botiquín debe tener un listado de elementos que contiene con su respectivo registro de control e inventario.
Los botiquines no deben contener recibientes en vidrio, los recipientes ideales deben ser en envases plásticos.
Todos los elementos del botiquín deben estar debidamente empacados y marcados.
Periódicamente se deben inspeccionar los botiquines para contralar el uso de sus elementos y sustituir aquellos que se encuentren sucios, contaminados, dañados o vencidos.
Cada vez que se utilice el botiquín, el instrumental deberá lavarse, desinfectarse, secarse, guardarse y ordenarse de la manera correcta.
El contenido de un maletín de primeros auxilios puede diversificarse de acuerdo a todo tipo de necesidades. Lo ideal es tener información sobre posibles alergias o condiciones de los empleados, y así poder prepararse ante cualquier eventualidad.
Se debe reabastecer el maletín de primeros auxilios a medida que se vayan agotando su contenido.
El maletín de primeros auxilios debe contar con una señalización que permita ubicarlo fácilmente.
Para finalizar recuerde que en Colombia solo los médicos, médicos veterinarios, médicos veterinarios zootecnistas y odontólogos graduados y en ejercicio legal de su profesión, son los únicos profesionales que podrán prescribir medicamentos de control especial y están obligados a expedir sus fórmulas de acuerdo con los requisitos del Recetario Oficial.
Resumen
Elaborado por:

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